INFORMACIÓN AYUDAS DE LA GENERALITAT


COMUNICADO ATC/COMISIÓN PERMANENTE

11 noviembre 2021

Información actualizada sobre las Ayudas de la Generalitat


ATC/COMISIÓN PERMANENTE nos reunimos ayer, miércoles 10 de Noviembre, con parte del equipo jurídico de PIMEC Barcelona para transmitir la preocupación y la incertidumbre, dentro de nuestro Sector, por la manera en que la Generalitat ha modificado las bases reguladoras de ayuda a la solvencia, destinada a hacer frente a posibles deudas relacionadas con nuestra actividad.

Al respecto, desde PIMEC, nos informan de lo siguiente:

  • SOBRA DINERO DESTINADO A AYUDAR A AUTÓNOMOS Y PYMES
  • HABRÁ UNA TERCERA CONVOCATORIA PARA NUEVAS AYUDAS

Agradecemos a PIMEC la intermediación y el empeño para que se abra una tercera convocatoria de ayudas, tan necesarias para el Sector. Estaremos atentos a las características y requisitos exigibles e informaremos de ello.

Por nuestra parte, no dejamos de señalar la falta de claridad y la complejidad en los diferentes procesos de la petición de ayuda. tanto en los plazos de cobro o justificación de la misma, como en determinar cuáles son los costes fijos aplicables a nuestra actividad. Esto especialmente grave en el caso de la primera convocatoria (el dinero que recibimos entre el 30 de julio y los primeros días de agosto) que ahora debemos justificar a través de la hoja excel que nos presentan y en la cual continúan sin dejar claro el tema de los costes fijos aplicables a nuestra actividad.

Una vez expuestas nuestras objeciones a la forma de proceder de la Generalitat en todo lo relativo a la gestión de solicitud, cobro y justificación de las ayudas concedidas, desde PIMEC nos confirman que tenemos razón y estamos en lo cierto y  que la Generalitat debió informar de manera CLARA de los diferentes plazos de esta primera Convocatoria de Ayudas. Esta cuestión ya se ha subsanado en la segunda convocatoria (el dinero recibido los primeros días de noviembre).

Con respecto a las gestiones todavía pendientes, sus indicaciones son las siguientes:

Es recomendable cumplimentar la hoja Excel con los gastos a los que hemos hecho frente con la ayuda recibida, así como guardar las facturas de dichos gastos para poder justificarlos, en caso de una posible comprobación.

  • Se deben indicar como gastos aquellos adquiridos entre marzo del 2020 y mayo del 202.
  • Estos gastos deben ser deuda, es decir, que hayan estado pendientes de pago.
  • Si se ha pagado un préstamo bancario (sea ICO o cualquier otro), debe cumplirse con la fecha límite de pago al 30 de septiembre o primeros de octubre. Es decir, que cumpla el plazo de los 60 días, otorgado según ley.
  • Hay un defecto de forma en el DOG de la primera convocatoria que se puede recurrir.
  • Es importante que sepamos que NO se pueden auditar nuestras cuentas bancarias.
  • Finalmente, la Generalitat ha confirmado a los servicios jurídicos de PIMEC que continuarán dando ayudas económicas hasta agotar todo el montante recibido del Gobierno central (cuyo montante asciende a 200 millones de euros). Esto realizará a través de la tercera ronda de ayudas, cuya convocatoria se ha hecho pública el día de hoy.

Así pues, creemos conveniente sugerir (aunque de más está decir que cada uno haga lo que crea más conveniente) que quienes hayan recibido la ayuda y hecho la correspondiente amortización de la deuda por la que la solicitó (aún habiendo amortizado fuera del plazo que determinaron para realizarlo) cumplimenten el formulario de justificación de la deuda en el plazo establecido (hasta el 30 noviembre 2021 en el caso de la primera convocatoria).

Seguiremos informando.
¡¡¡ juntos podemos !!!
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